¿A partir de qué antigüedad debe pasar la ITV por primera vez un turismo matriculado en España?
¿Por qué es la respuesta correcta?
🔍 Turismo particular: primera ITV a los 4 años
Por qué es correcta: un turismo (categoría M1) está exento de ITV hasta los 4 años de antigüedad; de más de 4 años la pasa cada dos años y, de más de 10, cada año (RD 920/2017 art. 6.1). La antigüedad se cuenta desde la fecha de primera matriculación que consta en el Registro de Vehículos de Tráfico.
Por qué fallan las otras: 2 años es la exención de los vehículos de mercancías de hasta 3,5 toneladas (categoría N1) y de los turismos de autoescuela, y 6 años, la de las caravanas remolcadas (art. 6.1). Ninguna de las dos es la de un turismo particular.
💡 Tip de examen: turismo particular, exento hasta los 4 años, cada 2 años hasta los 10 y cada año a partir de ahí (RD 920/2017 art. 6.1). Los taxis, las ambulancias y los turismos de autoescuela tienen sus propias frecuencias, más cortas.
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