Acaba de comprar un turismo nuevo de uso particular; ¿cuándo debe presentarlo a la primera inspección técnica reglamentaria?
¿Por qué es la respuesta correcta?
🔧 Turismo nuevo: primera ITV a los 4 años de la matriculación
Por qué es correcta: el turismo (categoría M1) está exento de inspección técnica periódica hasta los 4 años; después la pasa cada 2 años y, desde los 10, cada año (RD 920/2017 art. 6.1). La antigüedad se cuenta desde la fecha de primera matriculación o puesta en servicio que consta en el Registro de Vehículos, no desde la compra (art. 6.1).
Por qué fallan las otras: la fecha de compra no cuenta para la ITV. Y los 2 años de exención son los de los vehículos de mercancías de hasta 3,5 toneladas (N1) y los de los turismos de autoescuela, no los del turismo particular (art. 6.1).
💡 Tip de examen: los taxis, las ambulancias y los turismos de transporte escolar y de menores pasan la ITV cada año desde el principio, y cada seis meses a partir de los 5 años (RD 920/2017 art. 6.1.b).
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