Al inmovilizar un vehículo en una autopista es obligatorio señalizar la presencia del mismo...
¿Por qué es la respuesta correcta?
⚠️ Inmovilizado en autopista: luz de emergencia y, en su caso, posición
Por qué es correcta: cuando la inmovilización tiene lugar en una autopista o autovía, o en lugares o circunstancias que disminuyan sensiblemente la visibilidad, hay que señalizar la presencia del vehículo con la luz de emergencia, si se dispone de ella, y, en su caso, con las luces de posición (RGC art. 109.2.c). Las de posición se exigen, por ejemplo, entre la puesta y la salida del sol si el vehículo queda inmovilizado en la calzada o el arcén (art. 105.1).
Por qué fallan las otras: la luz de posición no se exige siempre, sino cuando corresponde, como de noche (art. 105.1). Y la luz de emergencia sola no siempre basta: en esos casos se le suman las de posición.
💡 Tip de examen: si es por accidente o avería, además hay que usar el dispositivo de preseñalización de peligro reglamentario (RGC art. 130.4), que en la dotación del turismo es la V-16 (RGV anexo XII.1.a), no el triángulo de la foto.
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