Circula con su turismo por esta carretera convencional; ¿cuál es la velocidad máxima permitida?
¿Por qué es la respuesta correcta?
🛣️ Turismo en carretera convencional: 90 km/h
Por qué es correcta: la velocidad máxima de un turismo en una carretera convencional es de 90 km/h (RGC art. 48.1.a). La de la foto lo es: un carril por sentido, separados por una línea continua y otra discontinua, sin separación física entre ellos.
Por qué fallan las otras: 80 km/h es el máximo en convencional para camiones, furgonetas, vehículos articulados, automóviles con remolque y el resto de vehículos de esa columna (art. 48.1.a). Y 100 km/h solo puede fijarlo el titular de la vía para turismos, motocicletas y autocaravanas de hasta 3.500 kg en convencionales con separación física de los dos sentidos (art. 48.1.a.1.º), que aquí no hay.
💡 Tip de examen: un turismo, fuera de poblado, va a 120 en autopista y autovía y a 90 en convencional; si arrastra un remolque, a 90 y 80 (RGC art. 48.1.a).
¿Te la sabías? Ponte a prueba de verdad
Haz un simulacro del examen DGT gratis o entrena esta y miles de preguntas oficiales más en la app de Aprobify, con explicaciones y seguimiento.
Descubrir la appMás preguntas de DGT
- ¿Qué efectos puede producir un resfriado en la conducción?
- El conductor de este vehículo está indicando que va a...
- En un automóvil, ¿cuál de los siguientes elementos reduce el riesgo de lesiones de cuello en una colisión?
- Delante de un vado, esta señal prohíbe…
- Antes de iniciar un adelantamiento, ¿qué debe comprobar?
- Para circular con un turismo, ¿qué documentos se necesitan en todo caso, además del permiso de conducción?