Circular a velocidad inferior a la mínima permitida sin causa justificada, ¿es peligroso?
¿Por qué es la respuesta correcta?
🐢 Ir anormalmente despacio sin causa es peligroso y está prohibido
Por qué es correcta: el RGC prohíbe entorpecer la marcha normal de otros vehículos circulando sin causa justificada a velocidad anormalmente reducida, y fija mínimos: 60 km/h en autopistas y autovías y, en las demás vías, uno ligado a la velocidad genérica de cada tipo de vehículo (RGC art. 49.1). Es infracción grave (art. 49.4). Y es peligroso: puede generar riesgos de colisión y entorpece el tráfico (temario B, 2.8).
Por qué fallan las otras: ir más despacio no siempre es más seguro: el propio RGC prevé el peligro de alcance del que no llega a la mínima (art. 49.3). Y lo más seguro tampoco es ir al máximo: la velocidad se adecua a la vía, el tráfico, la meteorología y tu estado (art. 45).
💡 Tip de examen: con causa justificada (el tráfico, el vehículo o la vía) sí puedes ir por debajo del mínimo (RGC art. 49.2). Si no alcanzas la velocidad mínima y hay peligro de alcance, enciende la señal de emergencia (art. 49.3).
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