¿Cómo se determina la separación lateral necesaria al adelantar?
¿Por qué es la respuesta correcta?
↔️ Separación lateral: suficiente siempre, y 1,5 m como mínimo a ciclistas, peatones y ciclomotores
Por qué es correcta: al adelantar hay que dejar una separación lateral suficiente para hacerlo con seguridad (RGC art. 85.1). A peatones, animales, vehículos de tracción animal, ciclomotores, VMP y ciclistas, al menos 1,5 metros, con cambio completo de carril si hay más de uno por sentido; y fuera de poblado, además, reduciendo la velocidad al menos 20 km/h respecto al límite de la vía, para que no vean comprometida su estabilidad (art. 85.4). Si adelantas fuera de poblado con un vehículo de dos ruedas, deja al menos 1,5 metros con cualquier vehículo (art. 85.5).
Por qué fallan las otras: el RGC no fija 3 metros; el mínimo que da es 1,5 (art. 85.4 y 85.5). Y la separación lateral siempre es obligatoria (art. 85.1).
💡 Tip de examen: adelantar poniendo en peligro o entorpeciendo a ciclistas, o sin dejar 1,5 metros, resta 6 puntos (LTSV anexo II.12).
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