¿Cuántos retrovisores debe llevar obligatoriamente un turismo en España?
¿Por qué es la respuesta correcta?
🪞 En un turismo son dos, no tres
El anexo VIII del Reglamento General de Vehículos fija cuántos retrovisores son obligatorios por categoría. Para los turismos (categoría **M1**) el mínimo es:
- **Un retrovisor interior**: obligatorio.
- **Un retrovisor exterior izquierdo**: obligatorio.
- **Retrovisor exterior derecho**: OPCIONAL.
Así que con dos cumples. El derecho es un extra que casi todos los coches montan de fábrica porque mejora mucho la visión, pero la norma no lo exige.
Ahora bien, hay un caso en que la cosa se invierte, y es la trampa fina de esta pregunta: si el retrovisor interior **no permite ver** la carretera desde el horizonte hasta 60 metros por detrás y en una anchura de 20 metros —por ejemplo porque la luneta está tapada por la carga o el vehículo no tiene luneta—, entonces el interior pasa a ser opcional y **sí es obligatorio montar un segundo retrovisor exterior en el lado derecho**.
💡 Tip de examen: memoriza el mínimo (interior + izquierdo) y la excepción (si el interior no sirve, entra el derecho). Si una opción te dice que los tres son siempre obligatorios, es falsa.
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