¿En qué caso no le está permitido adelantar detrás de otro vehículo que ya está adelantando?
¿Por qué es la respuesta correcta?
🚗 Adelantar tras otro que adelanta: solo si ves la vía por delante
Por qué es correcta: está prohibido adelantar donde la visibilidad no basta para hacer la maniobra o desistir de ella y, en concreto, detrás de un vehículo que adelanta cuando sus dimensiones te impiden ver la parte delantera de la vía (RGC art. 87.1.a). En la foto vienen de frente dos turismos en paralelo: el plateado, por el carril izquierdo de su sentido (a la derecha de la imagen), adelanta al azul.
Por qué fallan las otras: no es una prohibición general; la norma lo prohíbe cuando el de delante te quita la visibilidad. Y en las glorietas el adelantamiento no está prohibido: son una de las excepciones a la prohibición de adelantar en las intersecciones (RGC art. 87.1.c.1.º).
💡 Tip de examen: no confundas esta regla con la de adelantar al que ya está adelantando a otro: eso se prohíbe en todo caso si, para hacerlo, tienes que invadir la parte de la calzada reservada al sentido contrario (RGC art. 84.2).
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