¿En qué casos se aplica la tasa de 0,0 mg/l de alcohol en aire espirado?
¿Por qué es la respuesta correcta?
🚫 Tasa 0,0: solo para el conductor menor de edad
Desde el 21/03/2022, la Ley de Tráfico dice que «en ningún caso» el conductor MENOR DE EDAD puede circular con una tasa de alcohol superior a 0 g/l en sangre ni a 0 mg/l en aire espirado (LTSV art. 14.1). Vale conduzca lo que conduzca: un ciclomotor con el AM a los 15 años, una moto con el A1 a los 16 o una bicicleta.
Para los demás conductores, los límites los fija el RGC art. 20:
- 0,25 mg/l en aire (0,5 g/l en sangre): la tasa general.
- 0,15 mg/l en aire (0,3 g/l en sangre): transporte escolar y de menores, viajeros de más de nueve plazas, servicio público, mercancías de más de 3.500 kg, mercancías peligrosas, urgencias y transportes especiales; y cualquier conductor durante los dos años siguientes a obtener el permiso que le habilita. Con el B recién sacado, ese será tu límite al volante.
💡 Tip de examen: la correcta es «A los conductores menores de 18 años». El conductor de transporte escolar con menores a bordo tiene uno de los límites más bajos, 0,15 mg/l, pero no es cero. Y «a todos los conductores sin excepción» es falso: la tasa general sigue siendo 0,25 mg/l.
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