¿En qué condiciones podrán las motocicletas circular por el arcén cuando entre en vigor la reforma del Reglamento General de Circulación?
¿Por qué es la respuesta correcta?
🏍️ Arcén para motos: la novedad que llega el 1 de octubre de 2026
Ojo con las fechas, porque aquí es donde falla casi todo el mundo. Hoy por hoy una moto NO puede circular por el arcén en un atasco: solo se permite por avería o emergencia, y para dejar paso a los vehículos prioritarios.
La reforma del Reglamento General de Circulación, publicada en junio de 2026, cambia eso a partir del 1 DE OCTUBRE DE 2026. Desde esa fecha las motocicletas podrán usar el arcén derecho en retenciones, pero con tres condiciones que deben darse a la vez:
- Solo en TRAMOS SEÑALIZADOS al efecto. No en cualquier carretera
- Solo cuando haya RETENCIÓN, no con tráfico fluido
- A un máximo de 30 KM/H
Y además hay que respetar la prioridad de quienes ya tienen derecho a usar el arcén: ciclistas, vehículos agrícolas y vehículos inmovilizados o averiados.
💡 Tip de examen: La trampa está en las opciones que eliminan el requisito de la señalización, como "siempre que el arcén esté libre". No basta con que esté despejado ni con que haya atasco: si el tramo no está señalizado, la maniobra sigue prohibida. Memorízalo como "tramo señalizado + retención + 30 km/h", las tres juntas o nada.
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