En un accidente entre dos vehículos, ¿qué tipo de daños cubre el seguro de responsabilidad civil de suscripción obligatoria?
¿Por qué es la respuesta correcta?
📄 Seguro obligatorio: daños personales y materiales del otro
Por qué es correcta: el seguro obligatorio cubre los daños a las personas y los daños en los bienes (RDL 8/2004 art. 4.2), con dos exclusiones clave: las lesiones o el fallecimiento del conductor del vehículo causante (art. 5.1) y los daños en el propio vehículo asegurado y en lo que transporta (art. 5.2). En un choque entre dos vehículos, el seguro del causante paga los daños personales y los materiales del vehículo que no lo causó (temario B, 11.2).
Por qué fallan las otras: no son solo los daños personales ni solo los materiales: la ley fija una cobertura para cada tipo, de 70 millones de euros por siniestro para los daños a las personas y de 15 millones para los daños en los bienes (art. 4.2).
💡 Tip de examen: el obligatorio no cubre, entre otros daños, las lesiones del conductor causante ni los de su propio vehículo y lo que transporta (RDL 8/2004 art. 5). En la foto, el recibo bancario de la prima de un seguro de automóvil.
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