¿Es obligatorio que los conductores de motocicletas lleven guantes?
¿Por qué es la respuesta correcta?
🧤 Guantes en moto: obligatorios en vías interurbanas
Por qué es correcta: desde el 1 de octubre de 2026, los conductores y pasajeros de motocicletas, ciclomotores, vehículos de tres ruedas, cuadriciclos y quads deben llevar guantes de protección cuando circulen por vías interurbanas (RGC art. 118.1.b), como los que lleva el motorista de la foto. No llevarlos es infracción grave (LTSV art. 76.h) que resta 4 puntos (anexo II.15).
Por qué fallan las otras: el «no» era la norma anterior a la reforma, que solo exigía el casco. Y la obligación no es de la vía urbana: en ella no se exigen los guantes, aunque sí el casco y el calzado cerrado, obligatorios en todo tipo de vías (art. 118.1.a y c).
💡 Tip de examen: en moto, casco homologado y calzado cerrado que cubra todo el pie, en todas las vías; guantes, en las interurbanas. Solo se libran de los tres quienes van en un vehículo con estructura de autoprotección y cinturones, si así consta en su documentación, y entonces usan el cinturón (RGC art. 118.1).
¿Te la sabías? Ponte a prueba de verdad
Haz un simulacro del examen DGT gratis o entrena esta y miles de preguntas oficiales más en la app de Aprobify, con explicaciones y seguimiento.
Descubrir la appMás preguntas de DGT
- ¿Qué efectos puede producir un resfriado en la conducción?
- El conductor de este vehículo está indicando que va a...
- En un automóvil, ¿cuál de los siguientes elementos reduce el riesgo de lesiones de cuello en una colisión?
- Delante de un vado, esta señal prohíbe…
- Antes de iniciar un adelantamiento, ¿qué debe comprobar?
- Para circular con un turismo, ¿qué documentos se necesitan en todo caso, además del permiso de conducción?