¿Está permitido circular por una autovía por debajo del límite mínimo de velocidad establecido para dicha vía sin causa justificada
¿Por qué es la respuesta correcta?
🐢 En autovía, nunca por debajo de 60 km/h sin causa justificada
Por qué es correcta: no se debe entorpecer la marcha normal de otro vehículo circulando sin causa justificada a velocidad anormalmente reducida; por eso, en autopistas y autovías, como la de la foto, por la que circula un camión cisterna, se prohíbe circular con vehículos a motor a menos de 60 km/h, aunque no circulen otros vehículos (RGC art. 49.1). Solo se puede ir por debajo con vehículos especiales o en transporte especial, cuando el tráfico, el vehículo o la vía no permitan ir más rápido sin riesgo, o al proteger o acompañar a otro vehículo (art. 49.2).
Por qué fallan las otras: el arcén es para el vehículo de hasta 3.500 kg que, por una emergencia, va a velocidad anormalmente reducida y perturba gravemente la circulación (art. 36.1); sin causa justificada está prohibido. Y el mínimo rige aunque no entorpezcas a nadie (art. 49.1).
💡 Tip de examen: si tu vehículo no puede alcanzar la velocidad mínima y hay peligro de alcance, circula con las luces de emergencia encendidas (RGC art. 49.3).
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