¿Están obligados los conductores de motocicletas a llevar un chaleco reflectante de alta visibilidad?
¿Por qué es la respuesta correcta?
🦺 Chaleco reflectante en moto: ahora sí es obligatorio
Desde el 1 de octubre de 2026 la respuesta es SÍ. Las motocicletas tienen que llevar a bordo un chaleco reflectante de alta visibilidad, como los turismos (RGV anexo XII.3), y su conductor debe ponérselo cuando salga de la moto y ocupe la calzada o el arcén de una vía interurbana (RGC art. 118.4). Hasta el 30 de septiembre de 2026 las motocicletas estaban fuera de esa obligación, así que si lo estudiaste con material antiguo, actualízalo.
Ojo con lo que NO dice la norma: no obliga a llevarlo puesto mientras conduces la moto. Solo quien circula en moto por trabajo (un repartidor, un mensajero) tiene que llevarlo puesto en todo tipo de vías (art. 118.4).
Y no lo extiendas a los ciclomotores: el anexo XII.3 habla solo de motocicletas, así que el ciclomotor no tiene que llevarlo a bordo.
💡 Tip de examen: «Solo cuando circulen por vías interurbanas» es falsa: el chaleco va siempre en la moto y se usa al bajarse en vía interurbana, no mientras se circula. Y «No» era la respuesta antigua. Recuerda el esquema:
- Casco homologado: obligatorio siempre que se circula en moto.
- Chaleco: a bordo siempre; puesto al salir de la moto a la calzada o al arcén de una vía interurbana, y en todas las vías si se circula por trabajo.
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