Los conductores, ¿pueden llevar en los oídos cascos o auriculares conectados a un teléfono móvil mientras conducen?
¿Por qué es la respuesta correcta?
🎧 Auriculares al volante: prohibidos como norma general
Por qué es correcta: queda prohibido conducir con cualquier tipo de casco de audio, auriculares o instrumentos similares conectados a aparatos receptores o reproductores de sonido (RGC art. 18.2), como los de la foto. Las excepciones son pocas: la enseñanza y las pruebas en circuito abierto para obtener el permiso, y los dispositivos inalámbricos certificados u homologados integrados en el casco de motos y ciclomotores, solo para intercomunicación o navegación. Tampoco rige para los agentes de la autoridad en servicio ni para los conductores de las Fuerzas Armadas en convoy.
Por qué fallan las otras: que sean inalámbricos no los permite; la única excepción inalámbrica es la del casco de moto o ciclomotor. Y no hay excepción para los conductores de bicicletas ni de VMP.
💡 Tip de examen: al teléfono, solo sin usar las manos ni cascos o auriculares (RGC art. 18.2.b). Conducir con auriculares es infracción grave, 200 € y 3 puntos (LTSV arts. 76.f y 80.1 y anexo II.20).
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