¿Puede la DGT establecer un límite de 100 km/h en tramos de autopista o autovía?
¿Por qué es la respuesta correcta?
🚦 Tráfico puede bajar el límite de forma temporal
Por qué es correcta: la Jefatura Central de Tráfico puede fijar limitaciones de velocidad con carácter temporal, mediante señalización circunstancial o variable, cuando las condiciones en que se desarrolla la circulación lo aconsejen (RGC art. 47). La norma no fija la cifra, así que 100 km/h es uno de los límites posibles. Los límites fijos los pone con señales el titular de la vía, según las características del tramo.
Por qué fallan las otras: los 120 km/h son el límite genérico de turismos y motocicletas en autopista y autovía (RGC art. 48.1.a), y solo rigen en defecto de señalización específica (art. 47); además, camiones y autobuses tienen límites más bajos. Y ninguna norma liga los límites a la antigüedad de la vía.
💡 Tip de examen: si una señal o un panel de mensaje variable marca un límite distinto del genérico, ese es el que no puedes rebasar en ese tramo (RGC art. 47).
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