¿Qué caracteriza a una ciclovía?
¿Por qué es la respuesta correcta?
🚲 Vía ciclista: acondicionada para el tráfico de ciclos
Por qué es correcta: lo que la pregunta llama ciclovía es, en la ley, la vía ciclista: una vía específicamente acondicionada para el tráfico de ciclos, con su señalización horizontal y vertical y un ancho que permite el paso seguro de estos vehículos. Para que circulen otros vehículos por ella, debe autorizarlo la autoridad de tráfico con la señalización que lo indique (LTSV anexo I.74).
Por qué fallan las otras: no es una vía para vehículos de motor con un carril bici: el carril bici es en sí mismo una vía ciclista, adosada a la calzada (anexo I.75). Y no tiene nada que ver con la velocidad ni con señales de alta velocidad: la define su destino, el tráfico de ciclos.
💡 Tip de examen: son vías ciclistas el carril bici, el carril bici protegido, la acera bici y la pista bici (LTSV anexo I.75 a 78). Parar o estacionar en carriles o vías ciclistas es infracción grave (LTSV art. 76.d).
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