¿Qué documento identifica oficialmente la titularidad de la moto?
¿Por qué es la respuesta correcta?
🪪 El permiso de circulación identifica al titular de la moto
Por qué es correcta: la Jefatura de Tráfico expide el PERMISO DE CIRCULACIÓN al matricular el vehículo (RGV art. 28.4). En él consta un solo titular (LTSV art. 59.3), que es la persona a cuyo nombre figura inscrito el vehículo en el registro (LTSV anexo I.5). Eso no prejuzga quién es el propietario, porque el Registro Nacional de Vehículos no resuelve cuestiones de propiedad (RGV art. 2.3).
Por qué fallan las otras: la tarjeta de inspección técnica recoge las especificaciones técnicas de la moto (temario A1 y A2, 8.3), no su titular. Y la documentación del seguro obligatorio acredita que la moto está asegurada (RD 1507/2008 art. 14.1), no a nombre de quién está.
💡 Tip de examen: si compras una moto, tienes 30 días para pedir a Tráfico el permiso de circulación a tu nombre, y el vendedor debe notificar la venta en 10 días (RGV art. 32.1 y 32.3).
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