¿Qué es un "Ciclo de Motor"?
¿Por qué es la respuesta correcta?
🚲 Ciclo de motor: pedaleo asistido de más de 250 W y hasta 1.000 W
Por qué es correcta: el RGV define el ciclo de motor remitiendo a la categoría L1e-A del Reglamento (UE) 168/2013 (RGV anexo II.A): un ciclo diseñado para funcionar a pedal, con una propulsión auxiliar cuyo objetivo principal es ayudar al pedaleo, que se interrumpe a 25 km/h como máximo y con una potencia de hasta 1.000 W. Los de tres o cuatro ruedas que cumplen esos criterios se equiparan a él (Rgto. UE 168/2013, anexo I). Si el motor eléctrico no pasa de 250 W y se corta antes de los 25 km/h o al dejar de pedalear, es un ciclo de pedales con pedaleo asistido (RGV anexo II.A).
Por qué fallan las otras: no se define por lo rápido que vaya: su asistencia se corta, como mucho, a 25 km/h. Y el ciclomotor de dos ruedas es otra subcategoría, la L1e-B, que agrupa a los vehículos L1e que no son ciclos de motor (Rgto. UE 168/2013, anexo I).
💡 Tip de examen: hasta 250 W, ciclo de pedaleo asistido, que sigue siendo un ciclo (LTSV anexo I.7); de más de 250 W a 1.000 W, ciclo de motor (L1e-A).
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