¿Qué ocurre si el conductor no puede presentar la documentación del vehículo durante un control de tráfico, pero esta existe y está en vigor?
¿Por qué es la respuesta correcta?
📄 Documentación en vigor que no llevas encima: infracción leve
Por qué es correcta: el conductor debe llevar consigo y exhibir a los agentes su permiso, el permiso de circulación y la tarjeta ITV (LTSV art. 59.2; RGV art. 26.1). Si existen y están en vigor, solo incumples la obligación de llevarlos, que la Ley no califica de grave ni de muy grave: es leve (LTSV art. 75.c), con multa de hasta 100 € (art. 80.1). Los agentes pueden comprobar la ITV en el Registro de Vehículos (RD 920/2017 art. 12.2) y el seguro, cuya documentación también debe llevar el vehículo, en el FIVA (RD 1507/2008 art. 14).
Por qué fallan las otras: no llevarlos no es causa de inmovilización; sí lo es que el vehículo carezca de autorización para circular o de seguro (LTSV art. 104.1.a y e). Y no es grave: no figura en el art. 76.
💡 Tip de examen: no llevar un documento no es lo mismo que no tenerlo: conducir sin el permiso correspondiente o circular con un vehículo sin autorización es muy grave (LTSV art. 77.k y l). La autorización se puede presentar en formato físico o digital (art. 59.1).
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