¿Qué sanciones pueden aplicarse por una incorporación incorrecta?
¿Por qué es la respuesta correcta?
🔀 Incorporarte mal a la circulación se multa
Cuando sales con el ciclomotor de un estacionamiento, de una zona de servicio, de una propiedad colindante o de una vía de acceso, te INCORPORAS a la circulación. La Ley de Tráfico te impone tres obligaciones (LTSV art. 28; RGC art. 72.1):
- Cerciorarte de que puedes hacerlo sin peligro para los demás.
- Advertirlo con las señales obligatorias, es decir, ópticamente (RGC art. 72.3).
- Ceder el paso a los vehículos que circulan, teniendo en cuenta su posición, trayectoria y velocidad.
Si la vía tiene carril de aceleración, comprueba al principio del carril que puedes incorporarte sin peligro, deteniéndote si hace falta, y acelera hasta la velocidad adecuada al final (RGC art. 72.4).
Incumplir estas normas es una infracción sancionable con multa. De hecho, el RGC califica de grave la incorporación sin ceder el paso a otros vehículos (art. 72.5).
💡 Tip de examen: ni «solo advertencias verbales» ni «ninguna sanción»: incorporarte mal es una infracción y se sanciona con una multa económica.
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