¿Qué vehículos puede conducir una persona con la licencia LVA?
¿Por qué es la respuesta correcta?
🚜 Licencia LVA: vehículos especiales agrícolas
Por qué es correcta: la LVA es la licencia de conducción para vehículos especiales agrícolas autopropulsados y sus conjuntos, cuando no exceden las masas o dimensiones máximas de los vehículos ordinarios o su velocidad máxima por construcción no pasa de 45 km/h (RGCond art. 6.1.b). Se obtiene a los 16 años.
Por qué fallan las otras: los automóviles de hasta 3.500 kg de MMA, y para no más de ocho pasajeros además del conductor, son los del permiso B (RGCond art. 4.2). Las motocicletas de hasta 125 cm³ son las del permiso A1, que además las limita a 11 kW y 0,1 kW/kg (art. 4.2).
💡 Tip de examen: los agrícolas que superan las masas o dimensiones de los vehículos ordinarios exigen el permiso B en todo caso (RGCond art. 5.9). Y quien tiene el B en vigor no necesita la LVA (art. 6.1.b).
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