¿Se considera adelantamiento rebasar a un vehículo inmovilizado por una avería?
¿Por qué es la respuesta correcta?
🚗 Rebasar un vehículo averiado no es adelantarlo
Por qué es correcta: para que haya adelantamiento, los dos vehículos tienen que estar en movimiento; rebasar un vehículo inmovilizado no se considera adelantamiento (temario B, 4.5). El RGC lo regula aparte: si el vehículo averiado ocupa tu carril en un tramo donde está prohibido adelantar, puedes rebasarlo aunque tengas que ocupar el sentido contrario, tras cerciorarte de que puedes hacerlo sin peligro (RGC art. 88.2). La línea continua no se atraviesa, salvo en los casos que establece el RGC (anexo I, catálogo de marcas viales, 4.1), y este es uno.
Por qué fallan las otras: no se rige por las normas del adelantamiento, sino por las del art. 88. Y no hace falta línea discontinua: el art. 88.2 está pensado precisamente para los tramos donde adelantar está prohibido.
💡 Tip de examen: al rebasar un vehículo inmovilizado por avería o accidente que ocupe tu carril, deja al menos 1,5 m, aunque tengas que ocupar el sentido contrario, y reduce la velocidad al menos 20 km/h respecto al límite de la vía (RGC art. 88.1).
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