Al estacionar un conjunto de vehículos en un lugar con sensible pendiente, ¿qué medida de seguridad adicional es obligatoria?
¿Por qué es la respuesta correcta?
🛑 Conjunto de vehículos en pendiente: calzos o ruedas contra el bordillo
Por qué es correcta: si el conductor de un conjunto de vehículos, como un automóvil con remolque (LTSV anexo I.24), deja su puesto tras parar o estacionar en un lugar con sensible pendiente, debe dejarlo calzado. Se hace con calzos o apoyando una de las ruedas directrices en el bordillo de la acera, giradas hacia el centro de la calzada cuesta arriba y hacia fuera cuesta abajo (RGC art. 92.3.d).
Por qué fallan las otras: desenganchar el remolque no lo deja calzado. Y al dejar el puesto hay que dejar accionado el freno de estacionamiento, nunca quitarlo (RGC art. 92.3.b).
💡 Tip de examen: no valen piedras ni otros elementos no destinados expresamente a calzar, y los calzos se retiran de la vía al reanudar la marcha (RGC art. 92.3.d). Además, primera velocidad cuesta arriba y marcha atrás cuesta abajo, o la posición de estacionamiento (RGC art. 92.3.c).
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