¿Qué documentación propia necesita un remolque no ligero (más de 750 kg de MMA)?
¿Por qué es la respuesta correcta?
🚛 Remolque de más de 750 kg: matrícula y documentos propios
Por qué es correcta: los remolques de más de 750 kg de MMA deben matricularse y llevar sus propias placas de matrícula (RGV art. 25.1). Al matricularlo, Tráfico expide su permiso de circulación (art. 28.4), y necesita también la tarjeta de inspección técnica, obligatoria para remolques de cualquier peso (temario B, 11.2). Su placa es de fondo rojo, con caracteres negros, y empieza por la letra R (RGV anexo XVIII, I.A.c).
Por qué fallan las otras: llevar solo la tarjeta de inspección técnica es lo que corresponde al remolque ligero, de hasta 750 kg (RGV arts. 9.3 y 26.1.c). Y ningún remolque circula solo con la documentación del tractor: incluso el ligero tiene su propia tarjeta.
💡 Tip de examen: el remolque no ligero lleva detrás dos placas: la suya, roja, en el centro, y otra con la matrícula del vehículo tractor, en el lado derecho. El ligero lleva una sola, igual que la del tractor, en el lado izquierdo o en el centro (RGV anexo XVIII, III.4).
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