¿Cuál es la velocidad máxima permitida para los ciclomotores?
¿Por qué es la respuesta correcta?
🛵 45 KM/H: El techo de los ciclomotores
Si conduces un ciclomotor (permiso AM), tu límite de velocidad máxima está fijado en 45 KM/H. No es una recomendación ni una sugerencia: es el tope legal marcado por el Reglamento General de Circulación. Superarlo es infracción grave, multa y posible pérdida de puntos.
Y ojo, que esto va en dos direcciones: no solo es el límite legal de velocidad, sino también la velocidad máxima técnica que puede alcanzar el propio vehículo por homologación. Si tu ciclomotor puede ir más rápido, técnicamente ya no es un ciclomotor.
💡 Tip de examen: Esta pregunta tiene trampa clásica porque los distractores son 50 km/h (límite genérico en las vías urbanas de dos o más carriles por sentido) y 40 km/h. No te confundas:
- 45 KM/H: Velocidad máxima del CICLOMOTOR (permiso AM).
- 50 KM/H: límite genérico en vías urbanas de dos o más carriles por sentido.
- 30 KM/H: Límite general en calles de un carril por sentido en ciudad.
Recuerda también que los ciclomotores NO pueden circular por autopistas ni autovías, y en muchas vías interurbanas tienen restricciones de acceso. Con el AM, ir despacio y por donde toca es la clave para llegar sin sustos.
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