¿Qué caracteriza a un 'vehículo especial'?
¿Por qué es la respuesta correcta?
🏗️ Vehículo especial: obras, servicios y maquinaria agrícola
Por qué es correcta: el vehículo especial es el autopropulsado o remolcado, concebido y construido para realizar obras o servicios determinados, que por sus características está exceptuado de cumplir alguna de las condiciones técnicas reglamentarias o sobrepasa permanentemente los límites establecidos para masas o dimensiones. También lo son la maquinaria agrícola y sus remolques (LTSV anexo I.25).
Por qué fallan las otras: un vehículo no se convierte en especial por llevar publicidad ni por estar preparado para competir. Lo que lo define es estar concebido para obras o servicios determinados, con características que lo exceptúan de alguna condición técnica o le hacen superar los límites de masas o dimensiones, o ser maquinaria agrícola o su remolque.
💡 Tip de examen: aunque tenga motor, el vehículo especial no es un automóvil: la LTSV lo excluye de esa definición (anexo I.13). Son vehículos especiales, por ejemplo, el tractor de obras, el tractor agrícola y el motocultor (anexo I.26, 28 y 29).
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