¿Qué define a una 'vía ciclista'?
¿Por qué es la respuesta correcta?
🚲 Vía ciclista: acondicionada específicamente para los ciclos
Por qué es correcta: la Ley de Tráfico define la vía ciclista como la vía específicamente acondicionada para el tráfico de ciclos, con su señalización horizontal y vertical y un ancho que permite el paso seguro de estos vehículos. Queda aparte del tráfico de motor: los demás vehículos solo pueden circular por ella si lo autoriza la autoridad de tráfico, con la señalización que lo indique (LTSV anexo I.74).
Por qué fallan las otras: un camino rural no es vía ciclista porque lo usen ciclistas: tiene que estar acondicionado y señalizado para ellos. Y la definición no tiene nada que ver con las competiciones: la vía ciclista es para la circulación ordinaria de los ciclos.
💡 Tip de examen: vía ciclista es el nombre general. El carril-bici va adosado a la calzada; el carril-bici protegido, separado físicamente de ella y de la acera; la acera-bici, señalizada sobre la acera; y la pista-bici, con trazado independiente de las carreteras (LTSV anexo I.75 a 78).
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