¿Qué define a una "Vía de Atención Preferente"?
¿Por qué es la respuesta correcta?
🅿️ Vía de atención preferente: estacionar en sus espacios prohibidos es grave
Por qué es correcta: el Reglamento General de Circulación solo menciona estas vías en un supuesto. Estacionar en espacios prohibidos de una vía pública calificada de atención preferente, específicamente señalizados, es uno de los estacionamientos en lugar peligroso o que obstaculiza gravemente la circulación (RGC art. 91.2.k), y es infracción grave (LTSV art. 76.d). La norma no castiga estacionar en cualquier punto de la vía, sino en esos espacios prohibidos y señalizados.
Por qué fallan las otras: el RGC no relaciona estas vías con el peaje ni con las calles peatonales o de residentes; solo las menciona para el estacionamiento del art. 91.2.k.
💡 Tip de examen: en la misma lista de estacionamientos que obstaculizan gravemente están, entre otros, el de doble fila sin conductor y el de una parada de transporte público señalizada y delimitada (RGC art. 91.2.h e i).
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