¿Qué documentos personales debe llevar el conductor que realiza un servicio profesional en autobús?
¿Por qué es la respuesta correcta?
🪪 Conductor profesional: permiso D, CAP y documento de identidad
Por qué es correcta: el conductor debe llevar consigo su permiso de conducción válido y exhibirlo a los agentes que se lo pidan (LTSV art. 59.2). Si está obligado a tener el CAP, debe llevar a bordo, siempre que conduzca, su tarjeta de cualificación del conductor o el documento que acredite su vigencia (RD 284/2021 art. 20.5). A ellos se suma su documento de identidad: DNI, NIE o pasaporte (temario D, 3.5).
Por qué fallan las otras: el permiso de conducción sí hay que llevarlo encima (LTSV art. 59.2), y el CAP no lo sustituye. Y el pasaporte solo te identifica: no sustituye al permiso ni a la tarjeta de cualificación.
💡 Tip de examen: en un autobús con tacógrafo digital, llevas también tu tarjeta de conductor, insertada durante la conducción; quedan fuera los servicios regulares de trayecto no superior a 50 km (Rgto. (CE) 561/2006 art. 3.a; temario D, 3.5).
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