¿Qué se debe hacer en caso de que el espejo retrovisor interior no permita la visión reglamentaria?
¿Por qué es la respuesta correcta?
🪞 Si el retrovisor interior no basta, exterior derecho
Por qué es correcta: un turismo lleva obligatoriamente un retrovisor interior y uno exterior izquierdo. Si el interior no permite ver la carretera desde el horizonte hasta 60 m por detrás, en una anchura de 20 m, pasa a ser opcional y hay que colocar un segundo retrovisor exterior en el lado derecho (RGV anexo III.2, nota 1).
Por qué fallan las otras: orientar el espejo hacia arriba no te da ese campo de visión, que se mide sobre la carretera. Y no se puede circular sin ver hacia atrás: los retrovisores deben permitir al conductor ver la circulación por detrás del vehículo (RGV art. 11.2).
💡 Tip de examen: la regla vale para turismos y vehículos de mercancías de hasta 3.500 kg: interior y exterior izquierdo, y el derecho si el interior no deja ver 60 m por detrás en 20 m de anchura. Antes de arrancar, revisa el reglaje de los espejos en terreno llano y recto (temario B, 8.3).
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