¿Qué vehículos pueden circular en columna de a dos?
¿Por qué es la respuesta correcta?
🚲 Columna de a dos: solo las bicicletas
El artículo 36.2 del Reglamento General de Circulación prohíbe circular en posición paralela a los vehículos obligados a usar el arcén (ciclos, ciclomotores, vehículos de tracción animal, vehículos especiales de hasta 3.500 kg, vehículos para personas de movilidad reducida…), con una sola excepción: las **bicicletas**.
- Pueden ir en **columna de a dos por el arcén** y, si no existe o no es transitable y suficiente, por la **parte imprescindible de la calzada**.
- Deben colocarse **en hilera** en los tramos sin visibilidad, cuando afecten a la fluidez de la circulación, entre el ocaso y la salida del sol o cuando las condiciones reduzcan sensiblemente la visibilidad.
Los **ciclomotores** van siempre **en fila**, también por el arcén: la excepción que les permitía ir de dos en dos por un arcén transitable y suficiente desapareció el 1 de octubre de 2026.
«Cualquier vehículo de dos ruedas» es falso: la columna de a dos es una excepción pensada solo para las bicicletas.
💡 Tip de examen: bicicleta → columna de a dos. Ciclomotor → fila, siempre.
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