Respecto a la velocidad anormalmente reducida, ¿a qué velocidad mínima, salvo causa justificada, deberá circular una pick-up por una autovía?
¿Por qué es la respuesta correcta?
🛻 La pick-up, como todo vehículo a motor: mínimo 60 km/h en autovía
Por qué es correcta: para no entorpecer la marcha normal de los demás, se prohíbe circular por autopistas y autovías con vehículos a motor a menos de 60 km/h, aunque no circulen otros vehículos (RGC art. 49.1). La pick-up de la foto es un vehículo a motor, así que ese es su mínimo, salvo causa justificada, como que el tráfico, el vehículo o la vía impidan mantener una velocidad superior sin riesgo (art. 49.2).
Por qué fallan las otras: 55 km/h queda por debajo del mínimo. Y 70 km/h no es el mínimo que fija el RGC: para autopistas y autovías fija uno solo, 60 km/h, para todos los vehículos a motor (art. 49.1).
💡 Tip de examen: en los máximos, la pick-up va con el turismo: 120 km/h en autopista y autovía y 90 en carretera convencional (RGC art. 48.1.a).
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