Según la normativa vigente, ¿cuál es la obligación de un taxista respecto al cinturón de seguridad mientras circula por una vía urbana?
¿Por qué es la respuesta correcta?
🚕 Taxista en ciudad: cinturón obligatorio
Por qué es correcta: el conductor y los ocupantes deben llevar abrochado el cinturón de seguridad tanto en vías urbanas como interurbanas (RGC art. 117.1). Desde el 1 de octubre de 2026, en poblado solo quedan exentos los conductores y pasajeros de los vehículos en servicios de urgencia: el taxista de servicio ya no lo está (RGC art. 119.2; temario B, 6.1).
Por qué fallan las otras: la exención del taxista en poblado la suprimió el Real Decreto 518/2026. Y ninguna exención depende de ir a menos de 30 km/h: el taxista solo puede quitárselo en la maniobra de marcha atrás o de estacionamiento, o con un certificado de exención (RGC art. 119.1).
💡 Tip de examen: el taxi conserva una excepción, pero para sus pasajeros: en tráfico urbano o áreas urbanas de grandes ciudades puede llevar a personas que no alcancen los 135 cm sin sistema de retención infantil, siempre que vayan en un asiento trasero (RGC art. 119.2).
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