¿Qué criterio se aplica para el transporte de niños en asientos delanteros con sistemas de retención?
¿Por qué es la respuesta correcta?
🧒 Niños en el asiento delantero: manda la estatura, no la edad
Por qué es correcta: el RGC no fija una edad mínima para ir delante; lo que cuenta es la estatura. Los menores de edad de 135 cm de estatura o menos tienen que usar un sistema de retención infantil homologado y adaptado a su talla y peso. En los vehículos de hasta nueve plazas deben ir detrás, y solo pueden ir delante, con su sistema, si no hay asientos traseros, si todos están ocupados por otros menores así o si no se pueden instalar detrás todos los sistemas (RGC art. 117.1 y 117.3).
Por qué fallan las otras: la regla de los 12 años para ir delante era de la redacción anterior del RGC, sustituida el 1 de octubre de 2015 (RGC art. 117). Y no está prohibido siempre: hay tres casos en los que el niño puede viajar delante con su sistema de retención.
💡 Tip de examen: si el niño va delante en un sistema orientado hacia atrás y el vehículo tiene airbag frontal, el airbag tiene que estar desactivado (RGC art. 117.3).
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