Si vende su vehículo, ¿debe comunicarlo a la Jefatura de Tráfico?
¿Por qué es la respuesta correcta?
📝 Si vendes tu vehículo, avisa a Tráfico en 10 días
Por qué es correcta: el titular que transmite un vehículo matriculado en España debe notificarlo a la Jefatura de Tráfico en el plazo de diez días desde la transmisión, con una declaración que identifique al vendedor y al comprador, sus domicilios, y la fecha y el título de la transmisión (RGV art. 32.1). Si no lo hace, sigue siendo considerado titular a efectos de tráfico hasta que el vehículo se inscriba a nombre de otro (art. 32.1). Es lo que debe hacer el joven de la foto, que pone un cartel de venta en la ventanilla, cuando lo venda.
Por qué fallan las otras: el comprador también tiene su obligación, que es solicitar en treinta días la renovación del permiso de circulación (art. 32.3), pero eso no exime al vendedor de comunicar la venta. Y sí hay plazo: diez días (art. 32.1).
💡 Tip de examen: vendedor, 10 días para notificar la venta; comprador, 30 días para solicitar el permiso de circulación a su nombre (RGV art. 32.1 y 32.3).
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