Pregunta oficial · Permiso B

A partir de la nueva normativa (vigente y consolidada en 2026), ¿qué documento es obligatorio para poder circular con un Vehículo de Movilidad Personal (VMP)?

El certificado de circulación que garantice el cumplimiento de los requisitos técnicos.Respuesta correcta
· El permiso de conducción de la clase AM.
· Ningún documento, al ser equiparable a un peatón.

¿Por qué es la respuesta correcta?

📋 VMP: Sin certificado, ni un metro

Los Vehículos de Movilidad Personal (patinetes eléctricos, segways y similares) ya tienen su propio régimen documental. Y no, no es como la bici, que la sacas del garaje y ya está.

Desde la consolidación normativa vigente en 2026, para circular legalmente con un VMP es OBLIGATORIO llevar el certificado de circulación, el documento que acredita que ese vehículo cumple con todos los requisitos técnicos exigidos por la normativa: potencia máxima, velocidad limitada a 25 KM/H, dimensiones, frenos, iluminación...

Piénsalo así: es el equivalente al permiso de circulación de un coche, pero adaptado a estos vehículos. Sin él, estás circulando en situación irregular aunque el patinete sea perfectamente seguro.

¿Qué datos clave debes saber?

  • Velocidad máxima permitida para VMP: 25 KM/H
  • Están prohibidos en autopistas, autovías y vías interurbanas
  • No se permite llevar pasajeros (uso individual)
  • El certificado lo expide el fabricante o el importador del vehículo

💡 Tip de examen: La trampa clásica es confundir los VMP con las bicicletas eléctricas. Las bicicletas eléctricas tienen su propia categoría y normativa. Un VMP SÍ necesita certificado de circulación; una bici eléctrica convencional, NO. Si el examen menciona "patinete eléctrico" o "VMP", piensa siempre en certificado técnico obligatorio.

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