Aunque esté prohibido el adelantamiento, un turismo podrá rebasar, incluso invadiendo el sentido contrario, a...
¿Por qué es la respuesta correcta?
🚲 Excepción ciclista: La regla que casi nadie conoce
Sí, has leído bien. Aunque estés en un tramo donde el adelantamiento está PROHIBIDO (línea continua, visibilidad reducida, etc.), la ley te permite una excepción muy concreta: puedes rebasar a un ciclista aunque tengas que invadir el carril contrario.
El motivo es puramente de seguridad. Los ciclistas son vulnerables y van lentos. Dejarlos atrapados detrás de un vehículo en tramos difíciles sería más peligroso que el propio adelantamiento controlado.
Eso sí, esta excepción NO es carta blanca. El Reglamento General de Circulación exige que se cumplan condiciones muy estrictas:
- Visibilidad suficiente hacia adelante para hacerlo con seguridad
- Dejar una separación lateral mínima de 1,5 METROS entre tu vehículo y el ciclista
- No poner en peligro ni al ciclista ni a los vehículos que vengan de frente
💡 Tip de examen: La trampa clásica es confundir "no se puede adelantar a nadie" con "no se puede adelantar a NADIE". Recuerda que los ciclistas son la excepción. El examen también suele poner como opciones incorrectas a motocicletas o vehículos lentos, que NO disfrutan de esta excepción especial. Solo vale para conductores de bicicletas.
Velocidad, distancia lateral y visibilidad: el triángulo que salva vidas en la carretera.
¿Te la sabías? Ponte a prueba de verdad
Haz un simulacro del examen DGT gratis o entrena esta y miles de preguntas oficiales más en la app de Aprobify, con explicaciones y seguimiento.
Descubrir la appMás preguntas de DGT
- ¿Qué efectos puede producir un resfriado en la conducción?
- En un automóvil, ¿cuál de los siguientes elementos reduce el riesgo de lesiones de cuello en una colisión?
- Delante de un vado, esta señal prohíbe…
- En esta intersección con “circulación giratoria”, que no es glorieta, ¿a qué vehículos debe ceder el paso?
- Antes de iniciar un adelantamiento, ¿qué debe comprobar?
- Para circular con un turismo, ¿qué documentos se necesitan en todo caso, además del permiso de conducción?