¿Cuál es, como norma general, la velocidad máxima a la que le está permitido circular a un turismo por una carretera convencional?
¿Por qué es la respuesta correcta?
🛣️ 90 KM/H: La regla de oro de las carreteras convencionales
Cuando conduces un turismo por una carretera convencional (esas de toda la vida, sin separación física entre los dos sentidos), tu techo de velocidad como norma general es 90 KM/H. Ni uno más.
Este límite lleva vigente desde 2019, cuando la DGT bajó el anterior límite de 100 km/h precisamente para reducir la siniestralidad en este tipo de vías, que históricamente son las más peligrosas de nuestra red viaria.
💡 Tip de examen: El examen te puede tender la trampa con los distintos tipos de vía. Memoriza esta tabla:
- Autopistas y autovías: 120 KM/H (turismo)
- Carreteras convencionales: 90 KM/H (turismo)
- Vías urbanas: 50 KM/H (norma general)
- Zonas de coexistencia y áreas 30: 30 KM/H
¡Ojo con el truco clásico! Si la carretera convencional tiene un carril adicional para adelantamiento o arcén pavimentado de más de 1,5 m, el límite sigue siendo 90 KM/H para turismos. No te dejes engañar por respuestas que digan 100 km/h, ese número ya es historia desde mayo de 2019.
Recuerda: velocidad + carretera convencional = siempre 90 en tu cabeza.
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