¿Cuándo es obligatorio el uso de las luces de gálibo?
¿Por qué es la respuesta correcta?
🚛 Luces de gálibo: obligatorias a partir de 2,10 m de ancho
Por qué es correcta: de noche, con condiciones que disminuyan sensiblemente la visibilidad y en túneles y pasos inferiores, todo vehículo lleva encendidas las luces de posición y, si su anchura excede de 2,10 metros, también las de gálibo (RGC art. 99.1). Igual si queda inmovilizado en la calzada o el arcén en esas circunstancias (art. 105.1). La luz de gálibo va lo más cerca posible del borde exterior más elevado del vehículo e indica su anchura total (LTSV anexo I.48).
Por qué fallan las otras: lo que cuenta es la anchura, no llevar remolque ni la masa. Un remolque o semirremolque solo lleva gálibo obligatorio si mide más de 2,10 m de ancho (RGV anexo X, 2), y cualquier vehículo que supere esa anchura debe encenderlo, pese o no más de 3.500 kg (RGC art. 99.1).
💡 Tip de examen: el gálibo son dos luces visibles por delante, blancas, y dos por detrás, rojas; obligatorias por encima de 2,10 m de anchura y opcionales entre 1,80 y 2,10 m (RGV anexo X, 2).
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