¿Qué debe hacer si otro conductor le deslumbra con la luz de carretera?
¿Por qué es la respuesta correcta?
🔆 Te deslumbran: reduce la velocidad y, si hace falta, detente
Por qué es correcta: quien sufre un deslumbramiento debe reducir la velocidad lo necesario, incluso hasta la detención total, para no alcanzar a los vehículos o peatones que van en su mismo sentido (RGC art. 102.3). Hazlo sin frenar bruscamente, hasta recuperar la visión (temario B, 3.3). Mientras, conviene no mirar a los faros que te deslumbran, guiarte por el borde derecho de tu calzada y no desviarte hacia el arcén.
Por qué fallan las otras: encender la de carretera es deslumbrar tú también. El RGC obliga a cambiarla por la de cruce en cuanto puedas deslumbrar a otro, aunque él no lo haga (art. 102.1), y deslumbrar es infracción grave (art. 102.4). Y cerrar los ojos, aunque sea un momento, te deja sin el campo de visión que el conductor debe mantener (art. 18.1).
💡 Tip de examen: el deslumbramiento es uno de los casos en que hay que circular a velocidad moderada y detenerse si es preciso (RGC art. 46.1.j). Y si puedes deslumbrar tú, pasa a la de cruce hasta rebasar al que se cruza contigo (art. 102.1).
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