¿Está permitido el uso de las luces antiniebla DELANTERAS con lluvia moderada?
¿Por qué es la respuesta correcta?
🌧️ Antiniebla delantera: si la visibilidad baja sensiblemente o en tramos estrechos con curvas
Por qué es correcta: la luz antiniebla delantera solo puede usarse cuando hay condiciones que disminuyen sensiblemente la visibilidad, como niebla, lluvia intensa, nevada o nubes de humo o de polvo, o en tramos de vías estrechas con muchas curvas: calzada de 6,50 m de anchura o menos, señalizada con una sucesión de curvas próximas (RGC art. 106.1 y 106.2). Una lluvia moderada no es uno de esos casos.
Por qué fallan las otras: «cualquier tipo de lluvia» no vale, porque el art. 106 habla de lluvia intensa. Y no depende de que sea autopista: ninguna norma la limita a ese tipo de vía, y uno de los casos en que sí se permite son, precisamente, los tramos estrechos con muchas curvas.
💡 Tip de examen: no confundas los dos umbrales. La delantera, cuando la visibilidad disminuye sensiblemente; la trasera, solo con condiciones especialmente desfavorables: niebla espesa, lluvia muy intensa, fuerte nevada o nubes densas de polvo o humo (RGC art. 106.2).
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