¿Cuándo pueden los ciclistas circular en paralelo?
¿Por qué es la respuesta correcta?
🚲 Ciclistas en paralelo: en columna de a dos, salvo con poca visibilidad
Por qué es correcta: los ciclistas pueden circular en columna de a dos por el arcén y, si no lo hay o no es transitable y suficiente, por la parte imprescindible de la calzada. Pero deben colocarse en hilera en los tramos sin visibilidad, cuando afecten a la fluidez de la circulación, entre el ocaso y la salida del sol y con condiciones meteorológicas o ambientales que disminuyan sensiblemente la visibilidad (RGC art. 36.2).
Por qué fallan las otras: la regla no se limita a las zonas urbanas: el art. 36.2 habla del arcén y de la calzada sin distinguir el tipo de vía. Y no es un permiso sin restricciones: en los casos que enumera tienen que ir uno detrás de otro.
💡 Tip de examen: de los vehículos que deben circular por el arcén, solo las bicicletas pueden ir en paralelo, en columna de a dos. Los demás, ciclomotores incluidos, tienen prohibido circular en posición paralela (RGC art. 36.2).
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