El conductor de un turismo debe circular con el alumbrado de su vehículo encendido...
¿Por qué es la respuesta correcta?
🌙 Luces encendidas: La regla de oro que muchos olvidan
Aquí está el dato exacto que te pide la DGT: las luces de tu vehículo deben estar encendidas ENTRE LA PUESTA Y LA SALIDA DEL SOL. Es decir, desde que el sol se mete hasta que vuelve a salir. Sin excepciones, sin excusas.
Pero ojo, que el Reglamento General de Circulación va más allá. Las luces también son OBLIGATORIAS de día en estas situaciones:
- Túneles, pasos inferiores y tramos con señal de uso obligatorio de luces.
- Condiciones meteorológicas o ambientales que reduzcan la visibilidad (niebla, lluvia intensa, nieve, humo...).
- En autopistas y autovías: las luces de cruce son obligatorias también de día.
El alumbrado mínimo obligatorio de noche son las LUCES DE CRUCE (cortas). Las largas solo cuando no deslumbres a otros conductores.
💡 Tip de examen: La trampa clásica es que las opciones incluyen "cuando el conductor lo considere necesario" o "solo con lluvia intensa". ¡No piques! La respuesta correcta siempre ancla el punto de partida en la PUESTA DEL SOL, que es lo que marca la ley. No es una decisión tuya, es una obligación legal recogida en el artículo 99 del Reglamento General de Circulación.
Circular de noche sin luces puede costarte una multa de HASTA 200 € y la pérdida de PUNTOS del carnet. ¿Merece la pena el riesgo?
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