Pregunta oficial · Permiso B

El conductor de un vehículo de distribución de mercancías ¿cuándo podrá circular por vía urbana sin utilizar el cinturón de seguridad?

Imagen de la pregunta: El conductor de un vehículo de distribución de mercancías ¿cuándo podrá circular
En ningún caso; siempre debe utilizar el cinturón de seguridad.Respuesta correcta
· En todo momento; en poblado no tiene obligación de utilizar el cinturón de seguridad.
· En trayectos cortos, cuando realice sucesivas operaciones de carga y descarga.

¿Por qué es la respuesta correcta?

🚫 El cinturón en reparto: no hay excusa que valga

Mucha gente cree que los repartidores tienen algún tipo de "privilegio" para circular sin cinturón porque paran y arrancan constantemente. Nada más lejos de la realidad.

La normativa española es clara y no hace distinciones para los conductores de vehículos de distribución de mercancías: el cinturón es OBLIGATORIO siempre, en vía urbana e interurbana, independientemente de la frecuencia de paradas o del tipo de reparto que se realice.

El Reglamento General de Circulación establece que el uso del cinturón de seguridad es obligatorio para todos los ocupantes del vehículo. Las únicas excepciones contempladas son muy concretas y tasadas, como por ejemplo conductores de taxi en servicio urbano con viajero a bordo, o personas con certificado médico oficial que acredite una razón física para no poder llevarlo. Un repartidor de paquetería no entra en ninguna de estas categorías.

💡 Tip de examen: Esta pregunta es una trampa clásica del teórico. El examen te intenta hacer pensar que parar cada 2 minutos justifica quitarse el cinturón. La respuesta correcta siempre será la más restrictiva: EN NINGÚN CASO se puede circular sin él.

Recuerda además que no llevarlo puede costarte:

  • 200 € de multa
  • 3 PUNTOS del carnet

Una parada de 30 segundos para abrocharse no cuesta nada. Perder 3 puntos, sí.

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