¿Es obligatorio el uso de casco para los pasajeros de bicicletas en vías urbanas?
¿Por qué es la respuesta correcta?
🚲 Casco en bicicleta: en interurbanas, y en todas las vías los menores de 16
Por qué es correcta: el conductor y, en su caso, los ocupantes de bicicletas y demás ciclos tienen que llevar casco homologado o certificado, bien abrochado, en las vías interurbanas. En cualquier vía, también en ciudad, es obligatorio para los menores de 16 años (RGC art. 118.2). Así que, en vía urbana, a un pasajero de 16 años o más no se le exige.
Por qué fallan las otras: «en todas las circunstancias» y «para todos los ocupantes desde que la bicicleta se pone en marcha» van más allá de la norma: en vía urbana, el casco del ocupante solo es obligatorio si es menor de 16 años.
💡 Tip de examen: desde el 1/10/2026, el casco del ciclista en vía interurbana ya no tiene excepciones. Y los conductores que circulan en bicicleta por su actividad profesional tienen que llevarlo también en vías urbanas y travesías (RGC art. 118.2).
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