¿Está permitida la circulación de Vehículos de Movilidad Personal (VMP) por túneles urbanos?
¿Por qué es la respuesta correcta?
🛴 VMP: fuera de túneles urbanos, travesías, autopistas y autovías
Por qué es correcta: con un vehículo de movilidad personal está prohibido circular por autopistas y autovías, por travesías y por vías interurbanas y túneles urbanos (RGC art. 38.4). Para estos dos últimos hay una excepción: sí pueden hacerlo por vías ciclistas, carriles bici, carriles bici protegidos, pistas bici, sendas ciclables y vías en las que esté prohibida la circulación de vehículos de motor, salvo que la señalización lo prohíba (art. 38.4.c).
Por qué fallan las otras: llevar luces no levanta la prohibición. De noche o con poca visibilidad, el conductor de VMP debe llevar al menos un elemento luminoso o reflectante (art. 118.3), pero eso es una obligación aparte. Y la longitud del túnel da igual: el art. 38.4 no distingue por la longitud.
💡 Tip de examen: ni el VMP ni el ciclomotor pueden ir por autopistas y autovías (RGC art. 38.1 y 38.4.a). La bicicleta sí puede ir por el arcén de una autovía si su conductor es mayor de 14 años, salvo que una señal lo prohíba (art. 38.1).
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