Los resaltos en los pasos para peatones, ¿se consideran obstáculos en la calzada?
¿Por qué es la respuesta correcta?
🚧 Resaltos en el paso de peatones: ¿obstáculo o aliado de la seguridad?
A primera vista parece una trampa, pero tiene su lógica: los resaltos (esas "montañas" en el asfalto que te obligan a reducir velocidad antes de un paso de cebra) NO se consideran obstáculos en la calzada. La clave está en su función: están ahí precisamente para proteger a peatones y, muy especialmente, a los ciclistas que cruzan.
La normativa española establece que estos elementos de moderación del tráfico quedan excluidos del concepto de "obstáculo" siempre que cumplan dos condiciones:
- Que garanticen la seguridad vial general de todos los usuarios.
- Que no supongan un peligro específico para los ciclistas (por su diseño, altura y pendientes de rampa).
Dicho de otro modo: si el resalto está bien construido y señalizado, es parte del diseño seguro de la vía, no un problema en ella.
💡 Tip de examen: La trampa de esta pregunta está en que intuitivamente pensamos "algo que sobresale de la calzada = obstáculo". Error clásico. El concepto legal de obstáculo implica un elemento imprevisto o peligroso. Un resalto homologado y bien señalizado es todo lo contrario: es una medida de seguridad planificada. Fíjate además en que el enunciado menciona expresamente a los CICLISTAS, no solo a los peatones. Ese detalle suele aparecer en el examen y es la clave de la respuesta correcta.
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