¿Qué es un vehículo no considerado de motor?
¿Por qué es la respuesta correcta?
🚲 Sin motor (o casi): Los "olvidados" de la clasificación DGT
El Reglamento General de Vehículos es claro: no todo lo que rueda es un "vehículo de motor". Esta distinción importa porque cambia las normas que se aplican, los seguros requeridos y los derechos en la vía.
Se consideran vehículos NO de motor los siguientes:
- Vehículos sin motor: bicicletas, carros, remolques, animales de tiro... todo lo que se mueve sin combustión ni motor eléctrico propio.
- Ciclomotores: aunque tienen motor, la ley los saca de esta categoría "superior" por su baja potencia y velocidad máxima (hasta 45 KM/H).
- Tranvías: circulan por raíles y están sujetos a su propia normativa de transporte urbano, no a la de vehículos de motor convencionales.
- Vehículos para personas de movilidad reducida (PMR): sillas de ruedas motorizadas y similares, equiparados legalmente a peatones en muchos contextos.
💡 Tip de examen: La trampa clásica es asumir que "si tiene motor, es vehículo de motor". ¡Falso! Los ciclomotores tienen motor y aquí aparecen en la lista de los NO considerados vehículos de motor. La DGT los clasifica aparte por sus características técnicas y velocidad limitada. Recuerda el grupo completo: SIN MOTOR + CICLOMOTORES + TRANVÍAS + VEHÍCULOS PMR. Son cuatro categorías y el examen suele colar solo tres para ver si te despistas.
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