¿Qué es una "vía ciclista"?
¿Por qué es la respuesta correcta?
🚲 Vía ciclista: acondicionada y señalizada para los ciclos
Por qué es correcta: es la vía específicamente acondicionada para el tráfico de ciclos, con la señalización horizontal y vertical correspondiente, y cuyo ancho permite el paso seguro de estos vehículos (LTSV anexo I.74). Otros vehículos solo pueden circular por ella si la autoridad lo autoriza, con la señalización que lo indique.
Por qué fallan las otras: que el ayuntamiento permita bicis en una calle no la convierte en vía ciclista: hace falta acondicionarla y señalizarla para ellas. Y un camino rural sin asfaltar tampoco lo es por sí solo, sin ese acondicionamiento y esa señalización.
💡 Tip de examen: la ley llama vías ciclistas al carril-bici (adosado a la calzada), al carril-bici protegido (separado físicamente de la calzada y de la acera), a la acera-bici (señalizada sobre la acera) y a la pista-bici (con trazado independiente de las carreteras); la senda ciclable, en cambio, es una vía para peatones y ciclos (LTSV anexo I.75 a 79).
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